25/May/2020
¿Cómo podemos hacer frente al COVID-19 en nuestra farmacia? Conoce los detalles de las líneas de avales adjudicados a través del ICO
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) es una entidad pública cuyas principales funciones son promover actividades económicas que contribuyan al crecimiento, al desarrollo del país y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional.  Para conseguir estos objetivos, el ICO actúa de dos maneras bien diferenciadas: ➤ Como Banco Público concediendo préstamos para […]

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) es una entidad pública cuyas principales funciones son promover actividades económicas que contribuyan al crecimiento, al desarrollo del país y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional.

 Para conseguir estos objetivos, el ICO actúa de dos maneras bien diferenciadas:

➤ Como Banco Público concediendo préstamos para financiar operaciones de inversión y liquidez de las empresas.

➤ Como Agencia Financiera del Estado, gestionando los instrumentos de financiación oficial y también financia bajo esta modalidad a los afectados por catástrofes naturales, desastres ecológicos y otros supuestos de interés general.

 

Bajo esta última premisa podemos englobar las ayudas que el Estado ha aprobado a través del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, a través del cual el Consejo de Ministros del 24 de marzo, del 10 de abril, del 5 de mayo y del 19 de mayo establecen la activación de tres tramos de la Línea avales para facilitar el crédito y la liquidez a empresas y autónomos, para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Dichas ayudas se han distribuido de la siguiente forma:

➤ Pymes y autónomos: 60.000 millones de euros

➤ Empresas no pymes: 20.000 millones de euros

Estas líneas de avales se gestionarán a través del ICO por medio de entidades financieras que serán las que concedan financiación a empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19, garantizando la liquidez y las necesidades de circulante, con el fin de mantener la actividad productiva y el empleo.

La finalidad de estas líneas de avales es cubrir los nuevos préstamos y créditos y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender a necesidades tales como:

➤ Pagos de salarios

➤ Facturas de proveedores pendientes de liquidar

➤ Alquileres de locales, oficinas e instalaciones

➤ Gastos de suministros

➤ Necesidad de circulante

➤ Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias

Los titulares de las Oficinas de Farmacia pueden verse beneficiados por ser autónomos y tener acceso a esos avales a través de sus entidades financieras, mediante la formalización de nuevas operaciones o renovación de las ya existentes. En ningún caso podrán financiarse con cargo a esta línea de avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.

La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.

Es importante tener en cuenta que las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto. Por otro lado, la entidad financiera tiene la obligación de garantizar que los costes de las nuevas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos avales, se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.

El plazo para solicitar el aval para los préstamos por parte de las entidades financieras será a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.

Existe un porcentaje máximo de cobertura del aval que para el caso de autónomos y pymes garantiza el 80% del principal de las nuevas operaciones y de las renovaciones. El aval no da cobertura a conceptos distintos al principal de la operación, tales como pago de intereses, comisiones u otros gastos relacionados a las operaciones.

Para poder solicitar estas ayudas o avales es necesario cumplir con lo siguiente requisitos:

➤ Empresas y autónomos que no figuren en situación de morosidad en la consulta de los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019 de concurso

➤ No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.

➤ No encontrarse en situación de crisis a 31 de diciembre de 2019 conforme a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº165/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas ayudas compatibles con el mercado interior.

El importe máximo de los préstamos por cliente que puede avalar esta Línea será de hasta un máximo de 1.500.000€.

Por último, mencionar que el plazo de vigencia del aval coincidirá con el plazo de las operaciones, hasta un máximo de 5 años.

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