- Aquellas oficinas que quieren abrir más tarde de las 22.30 deberán asumir el hecho de hacer turno de 24 horas
- Para evitar pisar los horarios de aquellas farmacias que hacen turnos de guardia, los cierres deberán adelantarse
El próximo 9 de abril todas las farmacias de Galicia deberán tener ajustados sus horarios de atención al público en función de la nueva regulación. Así, más de 200 farmacias gallegas disponen de tres semanas para dar cumplimiento al contenido del Decreto de horarios, turnos de guardia y vacaciones de las farmacias que entró en vigor el 9 de febrero. En el texto -publicado en el Boletín Oficial de Galicia del pasado 20 de enero- se incluyó una disposición transitoria que concedía dos meses de adaptación.
Horario mínimo: obligatorio para todas las farmacias.
El horario mínimo obligatorio será de 38 horas y media semanales: siete horas diarias de lunes a viernes —distribuidas en invierno entre las 9.30 y las 13.30 horas y las 16.30 y las 19.30 horas, y en verano entre las 9.30 y las 13.30 horas y entre las 17.00 y las 20.00 horas— y tres los sábados, entre las 10.00 y las 13.30 horas
Horario ampliado: voluntario.
Las farmacias que así lo deseen podrán ampliar el horario mínimo. Tienen dos opciones: o hacer un máximo de 13,5 horas diarias entre las 8.30 y las 22.30 horas, o abrir las 24 horas los 365 días del año. Si quieren despachar más tarde de las 22.30 tendrán que prestar servicio ininterrumpido día y noche. El objetivo: no pisar el horario de las de guardia.
Sábados y domingos.
Si se abre el sábado por la tarde hay que abrir también el domingo por la tarde. Las farmacias que amplíen horario por semana tendrán que ampliarlo los sábados. También aquí hay dos opciones: mantener el horario ampliado que hacen de lunes a viernes o hacer hasta un máximo de 4,5 horas diarias, entre las 9.00 y las 14.00 horas. Si quieren abrir domingos y festivos tienen que hacer el mismo horario que los sábados.
Mismo horario durante un año natural.
Se comunica en octubre. Las farmacias que opten por un horario ampliado quedarán obligadas a mantenerlo al menos durante un año natural. Deberán comunicar qué horario han escogido al colegio oficial en octubre del año anterior. De no realizar ninguna comunicación, se entenderá que continúan con el mismo horario que hasta entonces.