- El Boletín Oficial de Estado (BOE), del miércoles 28 de diciembre, publicó la Resolución de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y se da publicidad a este documento que se aplicará en el Sector de Oficinas de Farmacia a todo el personal empleado por cuenta ajena en aquéllas, de conformidad con el Artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores.
El Convenio colectivo estatal de Oficinas de Farmacia ya se puede consultar en el Boletín Oficial de Estado -del 28 de diciembre de 2022-, que publica la Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el XXV Convenio colectivo estatal de oficinas de farmacia. Tal y como se establece en la Resolución, este convenio -con efectos desde el 1 de enero de 2022- tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 y se aplicará en todo el territorio del Estado Español.
Este convenio fue suscrito el pasado 29 de septiembre de 2022 por la organización empresarial Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), en representación de las empresas del sector, y por las organizaciones sindicales FeSP-UGT y UTF, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Si deseas conocer el contenido del Convenio colectivo: https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/28/pdfs/BOE-A-2022-23018.pdf